El Colegio Notarial de Madrid y la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid han suscrito un convenio que agiliza la transmisión telemática de los documentos de Instrucciones Previas, también conocidos como testamento vital. Estos documentos, autorizados en notaría, serán remitidos tanto al Registro de Instrucciones Previas de la Comunidad de Madrid como al Registro Nacional de Instrucciones Previas, garantizando así su disponibilidad a nivel autonómico y estatal.
Gracias a este convenio, las notarías pueden gestionar directamente la comunicación de las declaraciones y modificaciones del Documento de Voluntades Anticipadas (DVA) al Registro Autonómico y, posteriormente, al Registro Nacional. Este documento, formalizado mediante escritura pública, permite no solo expresar las preferencias del ciudadano sobre tratamientos médicos y cuidados en situaciones futuras, sino también designar a un representante que actúe como interlocutor con los profesionales sanitarios si el interesado no puede manifestar su voluntad personalmente.
Además, esta información queda integrada en la historia clínica del paciente, tanto en el ámbito autonómico como en el nacional, ya que el Registro Autonómico se encarga de la inscripción correspondiente en el Registro Nacional de Instrucciones Previas. Este sistema facilita el acceso a los documentos por parte de los equipos médicos en cualquier hospital, asegurando que las decisiones expresadas en vida sean respetadas.
El marco legal que ampara este procedimiento es la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, que regula los derechos y obligaciones del paciente en el ámbito sanitario. En su artículo 11, define el documento de instrucciones previas como la manifestación anticipada de voluntad de una persona mayor de edad, con plena capacidad y en libertad, para garantizar que sus deseos sobre cuidados médicos, tratamientos, y el destino de su cuerpo u órganos sean respetados en caso de no poder expresarlos por sí mismo.