Eysa previene a sus clientes sobre las medidas de restricción de tráfico en Madrid

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Los usuarios de su app para el aparcamiento, EysaMobile, han recibido los detalles de las ‘Medidas de Restricción del Tráfico’ del Escenario 2, recogidas por el Ayuntamiento de Madrid en su Protocolo de Contaminación.

Estas medidas se han hecho efectivas el día 31 de octubre, y es posible que se amplíen hasta el Escenario 3, al cumplirse las condiciones de su aplicación, esto es, superar los 180 microgramos de dióxido de nitrógeno por metro cúbico durante más de dos días consecutivos. Esto implicaría que sólo se permitiera la circulación de los vehículos con matrículas impares o pares.

Eso sí, el Ayuntamiento de la capital ya ha anunciado que no aumentará el nivel de medidas durante el día 1 por la previsión de la «operación retorno» del puente de Todos los Santos.

De momento, como informa Eysa, permanece prohibido el estacionamiento en las plazas y horario del Área SER (Servicio de Estacionamiento Regulado), que se encuentran dentro de la circunvalación M-30 a los no residentes, y donde los parquímetros no expenderán tiques. Aunque se contemplan las siguientes excepciones:

  • Titulares de una autorización del SER como residente, exclusivamente en su correspondiente barrio y plazas.
  • Los titulares de una autorización de Comerciales e Industriales del SER.
  • Los vehículos que no sean de combustión interna: eléctricos, de pila de combustible o de emisiones directas nulas, así como vehículos eléctricos enchufables y vehículos eléctricos de rango extendido, siempre que hayan obtenido la correspondiente autorización otorgada por el Ayuntamiento de Madrid.
  • Los vehículos estacionados en zonas reservadas para su categoría o actividad (mudanzas, vehículos diplomáticos en sus reservas específicas, coches oficiales, etc).
  • Los autotaxi que estén en servicio y su conductor esté presente y los vehículos de alquiler de servicio público con conductor, en idénticas condiciones.
  • Los vehículos destinados al transporte de personas de movilidad reducida en los que se exhiba la autorización especial correspondiente, con sujeción a las prescripciones y límites establecidos en la autorización especial y siempre que se esté transportando al titular de dicha autorización.
  • Servicios esenciales: vehículos de extinción de incendios, salvamento y protección civil, fuerzas y cuerpos de seguridad, agentes de movilidad, ambulancias y vehículos de asistencia sanitaria pública y privada, gestión semafórica y, en general, los que sean precisos para la prestación de servicios públicos básicos (electricidad, agua, gas y telefonía).
  • Unidades móviles de producción y retransmisión audiovisual.

Estas medidas sólo serán desactivadas cuando los niveles de contaminación en el aire se hayan reducido lo suficiente.

Se pueden consultar todos los detalles visitando la página web del Ayuntamiento de Madrid o llamando al teléfono de Atención al Ciudadano de la Ciudad de Madrid (010).